De la Garrapata en la WEBs
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Por: Nikolás Friedmann
Secuestrado, desde una cárcel de Brasil, para ser
extraditado a Chile, para evitar que el comandante accediera a derechos carcelarios,
vulnerando nuevamente todos sus derechos, así como la legislación internacional
el tratado de MERCOSUR, usando la misma matriz, seudo democrática, y el
engendro jurídico, emanado del Departamento de Estado norteamericano para
secuestra a “presuntos terroristas”, después de los “atentados a las torres gemelas”.
Pisoteando todos los derechos humanos y la jurisprudencia internacional, que se
organizan contra estados militares, policiacos y Tiranías sangrientas,
corruptas y genocidas, el derecho a la rebelión,
es decir, el uso de armas para lograr la liberación de regímenes despóticos, opresores,
o de vulgares tiranos, este acto propio de la humanidad, está consagrado en la
Carta de las Naciones Unidas.
El comandante Ramiro, después de cumplir más de 17 años de
aislamiento inhumano, de tortura psicológica, que solo buscaba que el comandante
terminara desequilibrado. Acto impropio y que vulneran toda la jurisprudencia
nacional como internacional, basados en crueldad, salvajismo, brutalidad,
violación a los derechos elementales de los individuos, propio de estados que
desarrollan el terrorismo de Estado.
El ministro en visita Mario Carroza, decidió literalmente
en línea con el ministro de Justicia, Hernán Larraín, cómplice directo de la Tiranía
pinochetistas, y del pedófilo nazi fascista, torturados, Pool Schäfer, Carroza comunicó
que impondrá dos penas de 15 años de presidio a Mauricio Hernández Norambuena,
con esta medida ilegal, arbitraria, por cierto, el comandante tendrá que estar
en prisión por cerca de 26 años y ocho meses, es decir, hasta el año 2046. Contrayendo
directamente el compromiso entre Chile y Brasil, o el tratado de Mercosur, el
cual fue la base, con el cual el gobierno de Piñera logró extraditar al comandante
Ramiro, tras una maniobra vil, antijurídica de inteligencia. El gobierno derechista
neoliberal pinochetista de Piñera, se comprometió con las autoridades
brasileñas a conmutar las penas perpetuas “por penas temporales a no más de 30
años” y la detracción del tiempo cumplido en Brasil por la extradición, a las
penas chilenas a cumplir.
Pero lo extraño y perverso de esto es que Carroza, se
encuentra actualmente en una quina, de postulante para ingresar como ministro a
la Corte Suprema, de ocurrir esto, todos entenderemos que ese será el premio entregado
por el gobierno a Carroza, para dejar al comandante en la cárcel de alta
seguridad hasta el 2046.
En virtud del derecho internacional de los derechos humanos,
nadie puede ser detenido sin razones legítimas y toda persona acusada de un
delito tiene derecho a un juicio justo. Sin embargo, en muchos países de todo
el mundo no se siguen los procedimientos adecuados y no existen salvaguardias:
abogados presentes durante los interrogatorios, médicos independientes
disponibles para examinar a las personas detenidas, contacto con los familiares
y garantía de que las confesiones obtenidas mediante tortura nunca se puedan
utilizar como prueba.
El Manual
de Juicios Justos de Amnistía Internacional es una guía práctica sobre
las normas internacionales sobre juicios justos. Constituye una herramienta
fundamental para abogados, jueces y observadores en procesos judiciales.
También pueden utilizarlo a modo de manual de autodefensa los presos políticos
que se representan a sí mismos ante los tribunales, como Albin Kurti, que
utilizó el Manual para representarse a sí mismo ante un Tribunal de Naciones
Unidas en Kosovo, y fue puesto en libertad.
Todas las personas detenidas son titulares de los derechos y
normas consagrados en el derecho internacional. Con carácter universal,
las principales salvaguardias están en los siguientes tratados:
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
• Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y su Protocolo Facultativo
• Convención Internacional de la ONU para la protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas
• Convención de la ONU sobre los derechos del niño
• Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
• Conjunto de principios de la ONU para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión
• Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos
• Reglas de la ONU para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas no Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok)
• Reglas Mínimas de la ONU para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Pekín)
• Reglas de la ONU para la Protección de los Menores Privados de Libertad
• Reglas mínimas de la ONU sobre las Medidas no Privativas de la Libertad (“Reglas de Tokio”)
• Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y su Protocolo Facultativo
• Convención Internacional de la ONU para la protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas
• Convención de la ONU sobre los derechos del niño
• Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
• Conjunto de principios de la ONU para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión
• Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos
• Reglas de la ONU para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas no Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok)
• Reglas Mínimas de la ONU para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Pekín)
• Reglas de la ONU para la Protección de los Menores Privados de Libertad
• Reglas mínimas de la ONU sobre las Medidas no Privativas de la Libertad (“Reglas de Tokio”)
Ahora, urge más que nunca una Campaña de solidaridad con
Mauricio Hernández Norambuena, Comándate Ramiro
De la Editorial
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